Referidos
Para Grupo Ciudadela es muy satisfactorio saber que personas como usted, amigos o familiares cuentan con nosotros para
El Programa de Referidos
Es un incentivo económico entregado a todas aquellas personas que por el desarrollo de su gestión han hecho posible el cierre de negocios en nuestros proyectos. En contraprestación, nuestra empresa le entrega un incentivo en dinero, que va desde un millón de pesos ($1.000.000). Este valor puede variar según el proyecto.
* Es muy importante que al momento en que la persona referida se acerque por primera vez a la sala de negocios y realice la cotización, informe a la asesora el nombre de quien lo refirió, de esta manera podremos hacer el correspondiente pago en su debido momento.
A este incentivo, se le practicarán las retenciones que indica la ley colombiana, las cuales son del 10% del valor de la bonificación. Dicha retribución, será consignada a la cuenta y entidad bancaria que informe el cliente que nos refirió, por medio de transferencia electrónica.
Las personas que refieran nuevos clientes a nuestras salas de negocio, y de los que se desprenda un cierre de negocio efectivo, deberán presentar y entregar toda la documentación pertinente al personal de cada una de nuestras salas de venta o en la oficina principal, en el horario de lunes a domingo de 10am a 5pm.
Documentos
para Referidos
- Una copia del RUT (Registro Único Tributario)
- Una copia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150%
- Un certificado bancario donde se especifique el número y tipo de cuenta, así como la entidad bancaria.
- Elaboración de una cuenta de cobro.
Al momento de realizar el pago del incentivo, la constructora estará obligada a realizar la retención del 10% como lo indica la ley colombiana.
Cierre de Negocio
Se entenderá como cierre de negocio efectivo, el momento en el que un cliente realice la compra de uno o más inmuebles en uno de los proyectos ofrecidos en venta y en el cual ya se haya realizado el pago de mínimo el 15% del pago de la cuota inicial y esté vinculado a la fiduciaria.
Procedimiento para Reclamar Referido
- Validar los datos de la persona que refirió al nuevo comprador. Esta información debe quedar plasmada en el cierre del negocio.
- El cliente referido debe haber pagado mínimo el 15% de la cuota inicial y estar vinculado a la fiduciaria.
- El proyecto debe haber alcanzado el punto de equilibrio
- En caso de ser una venta para un proyecto de entrega inmediata, el pago del incentivo la bonificación se realizará cuando se haya efectuado el desembolso en su totalidad.
- Si por alguna razón se genera un desistimiento por parte del comprador, antes de cumplirse los requisitos anteriormente expuestos, esta bonificación NO se pagará.
- Para reclamar el incentivo la persona que refiere tiene un plazo máximo de 6 meses después de firmada la escritura de quien compra y fue referido.
- El plazo para el pago del referido es de 2 meses después de haber recibido la cuenta de cobro al igual que los otros documentos.
- El valor del referido puede ser descontado en el cierre del negocio siempre y cuando la persona quien refirió lo autorice por escrito.
- Si el referido es la misma persona quien está comprando, el valor de la bonificación o incentivo se podrá descontar en ese mismo momento al valor a financiar.
- No aplica para cesiones ni para negocios realizados por gerencia.